Vidal Cedeño gana caso Fefita la Grande
La Suprema Corte del Bronx, en Nueva York desestimó el viernes la demanda que contra Fefita La Grande y el empresario Vidal Cedeño entabló la empresa Prolaga, que preside Rafael Gil Tavares (Niñi), por entender que no existe claridad en los documentos y argumentos que esgrime para reclamar compromiso contractual a la cantante merenguera.
Tanto Niní como su socio Rafael Luna y su asesor, el abogado Kenny Núñez, se apoyaron para hacer su reclamo en dos supuestos contratos que habría firmado Fefita, uno de fecha 15 de abril del 2005, y otro del 26 de febrero del 2010.
El tribunal determinó que ninguno de los dos contratos se sustentan en un documento íntegro, formal, que le confiera calidad de documento contractual, por lo que no les reconoció validez legal.
La artista ofreció un testimonio en la corte en el que planteó un entendimiento diferente en cuanto a la naturaleza del contrato, y debido a que los documentos presentados por la parte demandante estaban incompletos, lo declarado por Fefita fue lo que se tomó en cuenta para que el tribunal emitiera su veredicto.
De igual modo se estableció que la posibilidad de acuerdo contractual entre la merenguera típica y Prolaga parecía depender de que la empresa consiguiera una visa de trabajo en territorio de Estados Unidos a la artista, lo que nunca logró. Quien en realidad obtuvo el visado fue Vidal Cedeño.
Entre las alegaciones de Niní estaban que había logrado contratos de presentaciones para Fefita, pero se estableció que en los últimos diez años solo logró uno, para una actuación en Yamasá, y que quien en realidad ha fungido de agente de la cantante en todo ese tiempo ha sido la señora Rosa Estrella (Nana).
En ese sentido, tribunal concluyó lo siguiente: 1) La moción y petición de amparo judicial se niega; 2) Anula la orden de restricción temporal de los demandados a presentaciones de la artista.
Fefita La Grande y Vidal Cedeño, en ese orden, terminaron ganando el caso.
bateyerosoy01@gmail.com twitter @bateyero, youtube.com, facebook.com
Tanto Niní como su socio Rafael Luna y su asesor, el abogado Kenny Núñez, se apoyaron para hacer su reclamo en dos supuestos contratos que habría firmado Fefita, uno de fecha 15 de abril del 2005, y otro del 26 de febrero del 2010.
El tribunal determinó que ninguno de los dos contratos se sustentan en un documento íntegro, formal, que le confiera calidad de documento contractual, por lo que no les reconoció validez legal.
La artista ofreció un testimonio en la corte en el que planteó un entendimiento diferente en cuanto a la naturaleza del contrato, y debido a que los documentos presentados por la parte demandante estaban incompletos, lo declarado por Fefita fue lo que se tomó en cuenta para que el tribunal emitiera su veredicto.
De igual modo se estableció que la posibilidad de acuerdo contractual entre la merenguera típica y Prolaga parecía depender de que la empresa consiguiera una visa de trabajo en territorio de Estados Unidos a la artista, lo que nunca logró. Quien en realidad obtuvo el visado fue Vidal Cedeño.
Entre las alegaciones de Niní estaban que había logrado contratos de presentaciones para Fefita, pero se estableció que en los últimos diez años solo logró uno, para una actuación en Yamasá, y que quien en realidad ha fungido de agente de la cantante en todo ese tiempo ha sido la señora Rosa Estrella (Nana).
En ese sentido, tribunal concluyó lo siguiente: 1) La moción y petición de amparo judicial se niega; 2) Anula la orden de restricción temporal de los demandados a presentaciones de la artista.
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